Oposiciones Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa

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El proceso selectivo para el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa tendrá lugar por el sistema de concurso-oposición. La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones finales obtenidas en cada una de las fases de oposición y concurso. La fase de oposición se realizará en primer lugar, constará de tres ejercicios y es eliminatoria. El primer y segundo ejercicio tendrá lugar en el mismo día y hora en un único acto de examen.

FASE DE OPOSICIÓN

1) Primer ejercicio. De carácter teórico, escrito y eliminatorio. Constará de 100 preguntas válidas con cuatro respuestas alternativas de las cuales sólo una es la correcta, sobre las materias del Programa detallado en el anexo de la convocatoria.

La duración de la prueba será de 90 minutos. Se calificará de 0 a 60 puntos. Las preguntas acertadas se valorarán con 0,60 puntos; las preguntas no acertadas y las que contengan respuestas múltiples descontarán 0,15 puntos; las preguntas no contestadas no serán puntuadas.

2) Segundo ejercicio. De carácter práctico, escrito y eliminatorio. Consistirá en contestar 20 preguntas tipo-test referidas a un caso práctico que planteará el Tribunal.

La duración de la prueba será de 60 minutos y se calificará de 0 a 20 puntos, a razón de 1 punto por pregunta acertada. Las preguntas no acertadas y aquellas que contengan respuestas múltiples descontarán 0,25 puntos, y las no contestadas no serán puntuadas.

3) Tercer ejercicio. Consistirá en contestar a preguntas prácticas y aplicadas a la utilización de un procesador de textos Microsoft Word 2010 con los requerimientos de presentación que el Tribunal determine.

El tercer ejercicio se celebrará en la misma fecha en las sedes de examen que se comuniquen. La duración máxima de este ejercicio será de 30 minutos sobre un cuestionario de 15 preguntas tipo test, y se calificará de 0 a 20 puntos. Las preguntas acertadas se valorarán con 1,33 puntos; las preguntas no acertadas y las que contengan respuestas múltiples descontarán 0,33 puntos; las preguntas no contestadas no serán puntuadas.

FASE DE CONCURSO

A los aspirantes que hayan superado la fase de oposición se les aplicará el baremo de méritos de la fase de concurso que se especifica en el anexo de la convocatoria. Se valorarán los siguientes méritos:

  • Títulos y grados académicos, de los incluidos en el sistema educativo español. La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 12 puntos.
  • Historial profesional. La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 7,5 puntos.
  • Calificaciones obtenidas en los ejercicios de los procesos de las convocatorias de las Ofertas de Empleo Público de los años 2015 y 2016 de cualquiera de los Cuerpos de la Administración de Justicia. La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 14 puntos.
  • Servicios prestados como titular, sustituto o interino en los Cuerpos de la Administración de Justicia o como personal laboral de esta Administración. La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 33,5 puntos.

Evaluación del conocimiento de las lenguas oficiales de las Comunidades Autónomas:  Se trata de un ejercicio voluntario, y no eliminatorio, que se realiza una vez finalizado el proceso selectivo, y en el que se acreditará mediante certificación o prueba de nivel, el conocimiento de la lengua oficial propia de la Comunidad en la que se presente el aspirante.

La puntuación de la valoración de esta prueba únicamente será aplicable a los solos efectos de establecer el orden de prelación en la relación de aprobados dentro del ámbito territorial por el que concurre el aspirante, por lo que deberá reflejarse de manera separada de la obtenida en los dos ejercicios obligatorios de la oposición.

  • Estabilidad laboral, con posibilidad de promoción interna a puesto de mayor categoría profesional, y mayor responsabilidad.
  • El sueldo se encuentra comprendido entre los 1.600 y 1.800 euros mensuales.
  • 14 pagas y media al año.
  • Vacaciones, días de permiso, y asuntos propios.
  • Aumentos salariales por antigüedad, IPC, y trienios.
  • Horarios adaptados a cada persona (intensivos de mañana, tardes, etc).

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  • Nacionalidad: Tener la nacionalidad española.
  • Edad: Tener dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.
  • Titulación: estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, el título de Bachiller o Técnico. Se estará además a lo establecido en la Orden EDU/1603/2009 de 10 de junio (B.O.E. de 17 de junio) por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación, a efectos académicos y profesionales. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones del Derecho de la Unión Europea.
  • Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas del cuerpo al que aspiran.
  • Habilitación:

a) No haber sido condenado por delito doloso a penas privativas de libertad, a menos que se hubiera obtenido la cancelación de antecedentes penales o la rehabilitación.

b) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de alguna de las Administraciones Públicas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

c) No pertenecer al mismo Cuerpo a cuyas pruebas selectivas se presenten, salvo lo dispuesto en las convocatorias.

Corresponde con carácter general al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, la realización de cuantas actividades tenga carácter de apoyo a la Gestión Procesal, según el nivel de especialización del puesto desempeñado, bajo el principio de jerarquía y de conformidad con lo establecido en las Relaciones de Puestos de Trabajo.

Sin perjuicio de las funciones concretas del puesto de trabajo que desempeñen, les corresponde:

  • La tramitación general de los procedimientos, mediante el empleo de los medios mecánicos u ofimáticos que corresponda, para lo cual confeccionarán cuantos documentos, actas, diligencias, notificaciones y otros le sean encomendados, así como copias de documentos y unión de los mismos a los expedientes.
  • Registro y clasificación de la correspondencia.
  • Formación de autos y expedientes, bajo la supervisión del superior jerárquico.
  • Confección de las cédulas pertinentes para la práctica de los actos de comunicación que hubieran de realizarse.
  • El desempeño de aquellas jefaturas que en las Relaciones de Puestos de Trabajo de la Oficina Judicial estén asignadas a este Cuerpo, en la forma y condiciones que en las mismas se establezcan.
  • La posibilidad de ocupar puestos de las Unidades Administrativas, siempre que se reúnan los requisitos y conocimientos necesarios exigidos para su desempeño en las Relaciones de puestos de trabajo de las mismas.
  • La realización de todas aquellas funciones que legal o reglamentariamente se establezcan y de cualesquiera otras funciones de naturaleza análoga a las anteriores que, inherentes al puesto de trabajo que se desempeñe, sean encomendadas por los superiores jerárquicos, orgánicos o funcionales, en el ejercicio de sus competencias.
  • Las funciones que puedan asumir en orden a la protección y apoyo a las víctimas, así como de apoyo a actuaciones de justicia restaurativa y de solución extraprocesal.

También podrán ocupar puestos de las unidades administrativas, siempre que reúnan los requisitos y conocimientos necesarios exigidos para su desempeño en las relaciones de puestos de Trabajo de las mismas.

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